Violencia Vicaria, la tercera violencia.

La violencia de género tiene muchas caras, no solo la violencia física o la psicológica, que en muchos casos se ignoran por ser más complejas o por simple desconocimiento. Los últimos días se ha hablado mucho de la violencia vicaria y de cómo afecta de forma directa y sistemática a las mujeres que han sido víctimas de violencia de género por sus parejas. Pero también nos parece algo imprescindible para poder dejar claro de una vez que les niñes también son víctimas de esta forma de violencia, la Violencia Vicaria es la violencia de género que afecta de forma directa a las hijas, hijos e hijes. Debemos centrar también el discurso en elles, no solo en las madres.

En el foco de la ira del agresor puede ser cualquier persona que sea lo suficientemente cercana a ella; hablamos aquí de familiares o amigos, aunque especialmente de les hijes. #violenciavicaria #violenciadegenero

Se define la violencia vicaria como aquella que es ejercida por el agresor sobre personas cercanas a la víctima con el único objetivo de causarle el mayor daño psicológico posible. El foco de la ira del agresor puede ser cualquier persona que sea lo suficientemente cercana a ella; hablamos aquí de familiares o amigos, aunque especialmente de les hijes. Es importante reconocer que en esta violencia existen dos víctimas, aquella sobre la que se ejerce la violencia directa y aquella que recibe la violencia de forma indirecta. Pero lo que es más importante es ver que el objetivo último de la violencia ejercida o de las amenazas es el sufrimiento indirecto. Esto se explica muy bien con un ejemplo como puede ser la sustracción de menores a la madre por parte del padre con el objetivo de hacerla sufrir. En este caso por supuesto que los menores van a sufrir las consecuencias directas de la violencia y son víctimas de la misma, pero jamás debemos olvidar que está enmarcada en un cuadro de violencia de género que también afecta a su madre. Hay varias víctimas en la violencia de género y es hora de hablar de ello para poder crear leyes útiles que protejan a los menores de dichas acciones.

No debemos olvidar que no es esencial que la mujer haya sufrido con anterioridad violencia de género explícita para que vaya a sufrir violencia vicaria, esto es algo muy común cuando una mujer se separa y la expareja empieza a utilizar a los hijos como forma de mantener el control sobre la expareja que ha perdido con la separación. Esto es posible aunque los ciclos de violencia machista no hayan comenzado en el momento de la separación o la relación ha sido esporádica. Por supuesto la violencia de género siempre está ahí, pero muchas veces aún no se había llegado a situaciones visibles de dicha violencia, lo que puede llegar a dar a entender que no se puede hablar de violencia vicaria, pero la realidad es que sí.

Cuando hablamos del sufrimiento psíquico que va a sufrir la mujer en esta violencia debemos observar dos vertientes. Por un lado tenemos la sensación de culpa por saberse el foco de la violencia, ya que aunque es ejercida en otros, el objetivo es esta violencia indirecta; y por otro la revictimización y la imposibilidad del olvido de la violencia ejercida sobre ella con anterioridad.

El control en la violencia vicaria

Algunas de las formas más comunes de violencia vicaria según el Gobierno son:

  • Utilizar a les hijes para hacer daño en cualquiera de sus formas: amenazar con secuestrarles, forzar custodia única para el padre y, en casos extremos; amenazar con matarlos…
  • Violencia sobre les menores con el objetivo de culpabilizar a la madre de dicha violencia.
  • Interrumpir los tratamientos médicos a los que estén sometidos les niñes durante las visitas con el agresor.
  • Utilizar el momento de recogida y retorno del régimen de visitas para continuar la violencia ejercida sobre la mujer.
  • Hablar mal de la madre o expareja y de su familia en presencia de les niñes con la intención de causar la ruptura de las relaciones entre ellos.

Aunque desde aquí nos gustaría destacar que este tipo de violencia no tiene que ser ejercida sobre les hijes específicamente, como ya hemos comentado antes.

Destaca la falta de referencia a las pensiones alimenticias y su uso continuado como método de extorsión por los padres para ejercer control sobre el dinero del que disponen las mujeres para poder mantener a los menores. Ha sido este año cuando por primera vez el tribunal supremo hacía referencia a que el impago de la pensión alimenticia se considera como violencia económica. Ya que esta forma de violencia también acaba generando un control sobre la víctima, que ve su independencia económica supeditada a los deseos de su agresor.

De lo anterior se extrae por qué hablamos de violencia de género sobre la mujer: el objetivo único no son los hijos o las personas cercanas; también es la mujer. Un simple análisis basta para dilucidar que el objetivo último es ejercer el control sobre lo que el agresor considera su «propiedad», la mujer y les hijes, y que de alguna forma ha perdido, al no poder seguir ejerciendo otro tipo de violencia más directa.

Un maltratador no puede ser un buen padre

Según la fiscalía, cerca del 60% de las mujeres maltratadas en el 2015 tenían menores de edad, y la mitad de esos menores sufrió también agresiones. La ONU reconoció en 2014 a los menores que han vivido en un hogar donde se ha producido violencia de género, como víctimas de maltrato infantil al considerar que vivir en un entorno donde la violencia es algo diario les afecta a corto y largo plazo a nivel psicoafectivo. Según datos del Consejo General del Poder Judicial en España, sólo el 3,1% de los casos de violencia de género en España terminan con la suspensión del régimen de visitas a los padres que han maltratado a sus mujeres; y apenas en un 5,2% los jueces dictan la retirada de la guarda y custodia a los agresores como medida cautelar de protección de los menores. Aunque nuestro ordenamiento jurídico es muy claro a este respecto:

«No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica».

Artículo 92.7 del Código Civil

Pese a esto casi todas las comunidades autónomas tienen legislaciones más laxas así como la jurisprudencia en estos casos, que va desde la necesidad de una condena en firme hasta el análisis de cada caso de forma individual para dilucidar si el menor corre peligro de sufrir algún tipo de violencia.

Tanto las cifras como la diferencia entre el Código Civil y la realidad se «explican» aludiendo al interés de los menores de seguir manteniendo el contacto con sus padres. Lo que de forma implícita da por válidas las hipótesis de que: el haber vivido en ese hogar no les ha afectado de ninguna forma, y negando la violencia a la que se han visto sometidos, y que el padre, pese al haber ejercido violencia sistemática sobre la mujer, es en un buen modelo y progenitor para sus hijos. Todas estas afirmaciones se han demostrado una y mil veces como falaces, sin embargo siguen dándose custodias compartidas con agresores condenados y se sigue arrebatando custodias a madres en situaciones vulnerables (como la discapacidad) en favor a agresores condenados.

La #ViolenciaVicaria es debidas a que las instituciones no están analizando de forma adecuada la #ViolenciaDeGénero ni dando herramientas realmente efectivas

Conclusión

Todo esto concluye en que estas formas de violencia que pueden ir desde el maltrato psicológico, el secuestro o la violencia física en escalada hasta el asesinato como hemos visto en los últimos días; son debidas a que las instituciones no están analizando de forma adecuada la violencia sistemática contra madres y menores. Que no se están dando herramientas efectivas para poder escapar de forma más definitiva de la violencia de género.

Todavía se sigue viendo la violencia de género solo como golpes y violencia directa, obviando hechos como la violencia ambiental, las consecuencias sobre los menores de convivir con maltratadores durante los episodio; así como la dificultad que encuentran las mujeres víctimas de violencia de género a la hora de denunciar si tienen hijos menores, ya que en muchos casos saben que tendrán que hacer frente a otro juicio paralelo sobre la custodia y a la indefensión ante la perspectiva de tener que dejar a sus hijos solos con su maltratador.

Seguir informándote:

Anuncio publicitario

2 comentarios sobre “Violencia Vicaria, la tercera violencia.

Agrega el tuyo

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

Crea un blog o un sitio web gratuitos con WordPress.com.

Subir ↑

A %d blogueros les gusta esto: